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  Martes, 18 de Agosto de 2026  
 
 

 
 
 
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La Agencia de Protección de Datos que no llega

Por Dr. Emilio Oñate Vera Profesor de Derecho Administrativo Universidad Central

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Aunque no existe un pronunciamiento oficial, el biministro de Economía y Minería de Chile, Daniel Mas, señaló que el Gobierno evalúa postergar la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales, prevista para el 1 de diciembre de 2026. La decisión respondería al rechazo, en el Senado, de la terna propuesta por el Ejecutivo y al vencimiento del plazo legal para designar al consejo directivo de la futura Agencia de Protección de Datos Personales, que hoy permanece sin una instancia de dirección.

Si bien este retraso replica experiencias de otros países de la región, como Brasil, donde la institucionalidad también enfrentó demoras, lo realmente preocupante es que se pretenda flexibilizar, aunque sea temporalmente, la exigencia de dedicación exclusiva de los consejeros.

Esa medida debilita un pilar esencial del modelo institucional: la independencia del regulador. La dedicación exclusiva no es un formalismo, sino la garantía de que quienes fiscalicen el tratamiento de datos personales no mantengan vínculos profesionales con las entidades reguladas, evitando conflictos de interés y resguardando la confianza pública.

La experiencia comparada demuestra que la autonomía de las autoridades de control depende, en buena medida, de esa independencia. Debilitarla desde el origen de la Agencia sentaría un precedente que relativiza la autonomía regulatoria frente a contingencias políticas.

Si el Ejecutivo requiere más tiempo, resulta preferible postergar, por una única vez, la entrada en vigencia de la ley antes que rebajar los estándares de independencia que el propio legislador estableció. Chile no puede permitirse un regulador de datos debilitado antes de nacer.


 
 
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