Mientras la justicia ordena bloquear plataformas digitales por no contar con regulación en Chile, la autoridad tributaria insiste en cobrarles impuestos. Una mirada clara a los millones que pierde el país, ya que cobrar tributos no legaliza la actividad.
Durante décadas, la legislación chilena ha sostenido una regla estricta: los juegos de azar son ilícitos, salvo excepciones explícitamente autorizadas como Polla Chilena de Beneficencia o Lotería de Concepción. Sin embargo, las casas de apuestas online crecieron aceleradamente operando desde servidores extranjeros y aprovechando vacíos legales que dificultaron su fiscalización.
El escenario cambió con la Ley 21.210 de Modernización Tributaria, que incorporó el cobro de IVA a los servicios digitales prestados desde el exterior. Para el Servicio de Impuestos Internos (SII), aquí se configura de inmediato el "hecho gravado" es decir, la situación exacta que la normativa define para exigir el pago de un tributo. En la doctrina contable y fiscal, este nace al existir una actividad económica real y dinero en movimiento, con total independencia de si la empresa cuenta con autorización comercial en nuestro país.
Ante esto surge una duda natural: ¿qué prevalece entonces? ¿la orden de bloquear los sitios o la intención de cobrarles? La respuesta es que ambas acciones corren por carriles totalmente distintos y no se anulan entre sí. El derecho tributario se rige por la premisa de que donde hay generación de riqueza, existe obligación de tributar. Que una plataforma pague IVA no significa que obtenga un salvoconducto frente a la justicia. Las autoridades pueden seguir bloqueando sus sitios web por operar al margen de la ley, mientras el SII exige los impuestos por el dinero que efectivamente circuló. En términos simples: no cobrarles gravámenes por ser ilegales significaría premiarlos doblemente.
Impacto en el bolsillo para un apostador de fin de semana: ingresar $15.000 a través del teléfono para pronosticar el triunfo de su equipo esperando un retorno del doble ($30.000) parece un acto doméstico inofensivo y una simple cuota de emoción futbolera. Sin embargo, al realizarse en una plataforma no domiciliada en Chile, la transacción queda completamente fuera del radar del Fisco.
Si se aplicara la tasa del 19% de IVA a ese servicio digital, solo en esa jugada el Estado dejaría de percibir aproximadamente $2.850. Al multiplicar ese pequeño monto por los cientos de miles de usuarios que apuestan cada fin de semana, la fuga de dinero alcanza dimensiones multimillonarias. Son recursos fiscales que salen del país hacia cuentas internacionales, en lugar de quedarse para financiar obras viales, dotación policial o mejoras en la salud pública.
Lo que en la pantalla del celular parece un juego sin mayor trascendencia, a nivel de las cuentas fiscales representa un dilema estratégico que actualmente el Congreso busca zanjar mediante un proyecto de ley unificado. Mientras esa regulación definitiva no llegue, la recomendación financiera es clara: considere el dinero destinado a estas plataformas como un gasto de recreación ya desembolsado y jamás como una inversión o fuente de ingresos.
Al inyectar recursos en sitios que operan al margen de la normativa local, el usuario asume el riesgo total: si la página es repentinamente bloqueada, no existirá institución chilena que pueda garantizar la devolución de sus fondos.
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